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Derecho y Deberes del consumidor

Escrito por Jorge Guzmán B. el 08/01/09

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A veces a la hora de comprar o tener problemas con algún servicio que hemos contratado no sabemos realmente cuales son nuestros derechos así que para tomar decisiones informados aquí están:

Elegir libremente un determinado bien o servicio
El silencio del consumidor no constituye aceptación en los actos de consumo. Se deben celebrar actos de consumo con el comercio establecido.

Acceder a una información veraz y oportuna
Acceder a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos por el proveedor, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos.

No ser discriminado arbitrariamente por parte de los proveedores de bienes y servicios
Es arbitrario en la medida que es irracional o atenta contra la dignidad de los consumidores. Por ejemplo, basada en su clase social, opción política, entre otras.

La seguridad en el consumo de bienes y servicios
La seguridad en el consumo de bienes y servicios, a la protección de la salud y el medio ambiente. Implica el deber de adoptar las medidas para evitar riesgos derivados del uso o consumo de los bienes o servicios.

A la reparación e indemnización
A la reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el proveedor. Sin embargo, existe el deber de exigir la reparación o indemnización por tales actos de acuerdo a los medios establecidos en la ley. El consumidor no debe hacer denuncias en contra de proveedores carentes de fundamento y mala fe, formuladas con propósitos distintos al reconocimiento de estos derechos.

Derecho a la educación para un consumo responsable
Es deber del consumidor acceder a los medios posibles para obtener esta información educativa, entre ellos, los entregados en el Sitio Web del Sernac y la Revista del Consumidor

A retracto o terminar sin la voluntad del proveedor
A retracto o terminar sin la voluntad del proveedor (unilateralmente) el contrato en el plazo de 10 días contados desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo y en los siguientes casos:

- Los celebrados en reuniones convocadas o concertadas, como, por ejemplo, “tiempo compartido”; ocasión en que el consumidor debe expresar su aceptación.

- En contratos realizados por medios electrónicos y en los que se acepta una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.

- En los contratos de educación superior cuando se ingrese a primer año de carrera.
Este derecho se debe ejercer cumpliendo los plazos, requisitos y obligaciones que disponga la ley en cada uno de los casos descritos.

El derecho a garantía -cambio, devolución del dinero
El derecho a garantía -cambio, devolución del dinero, reparación según corresponda- por los bienes o servicios que se adquieran o contraten y que presenten fallas de fabricación o sean inseguros. Igualmente, por los bienes que contienen una cantidad inferior a lo informado en el envase. Los derechos citados y los otros contenidos en las leyes de consumo son irrenunciables anticipadamente para los consumidores.

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Cuidado con los avances en efectivo: puedes terminar pagando casi el doble

Escrito por Carlos Riquelme el 30/12/08

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Un consumidor puede terminar pagando más de $90 mil adicionales a  lo que pidió por un avance en efectivo de $100 mil a 12 meses. Así señala el SERNAC, que detectó diferencias de más de 74% entre el costo del avance en efectivo más caro y el más barato por lo que hace un llamado a cotizar.

La información del análisis fue recogida el 15 y 17 de diciembre considerando un avance en efectivo de $100 mil a 12 meses adquirido con 12 tarjetas bancarias y cooperativas, 13 tarjetas no bancarias y 5 Cajas de Compensación. De esta forma, el Sernac averiguó, por ejemplo, que el costo total de un avance en efectivo puede ir desde $109.416 (Coopeuch) hasta $190.858 (Banco Santander) lo que implica una diferencia de $81.442 o un 74,4% en todo el sistema.

Los invito a leer lo que el Servicio Nacional del Consumidor ha publicado y a pensarlo dos veces cada vez que la tentación de pedir un avance en efectivo se asome.

Fuente: Sernac.cl

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Haz valer tu derecho a garantía

Escrito por Carlos Riquelme el 27/12/08

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En el comercio los días siguientes a navidad, y especialmente el día 26 de diciembre,son los días de los cambios, los día donde la gran mayoría de las personas que acuden a las tiendas lo hacen para cambiar un producto que les fue regalado en Navidad ya sea porque salió malo o porque no es de la talla, etc.

En este sentido, el Sernac ha dispuesto de una campaña informativa llamada 3×3. El director del Sernac lo explica así “Al menos, los productos nuevos sí tienen garantía. Cuando los consumidores compran desde un pantalón hasta un auto que sale malo, o le pasan gato por liebre, tienen derecho al ‘3×3’. Es decir, el derecho a 3 meses de garantía legal que implica 3 opciones: cambiar el producto, repararlo o exigir lo pagado. Y es el consumidor quien elige cuál de esas alternativas le conviene, no la empresa

Tras el salto puedes ver el vídeo de la campaña

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Publicidad del crédito no informa valor total

Escrito por Carlos Riquelme el 20/12/08

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La noticia la trae el Sernac: Cuando se publicita un crédito no se informa el valor total de éste.

El Sernac, tras preguntarse ¿Qué tan ciertas son las promesas que las empresas están haciendo a los consumidores con respecto al crédito? ¿Puede saber un consumidor cuánto le costará el crédito a través de la publicidad? encontró que ninguna de las piezas publicitarias analizadas, contiene información relevante sobre el crédito como el costo de las comisiones, impuestos e intereses. En definitiva, el costo final del crédito. Además, en la mayoría de los rubros analizados que informan montos, indican cuotas de mayor tamaño que el precio referencial y el valor total a pagar en cuotas es mayor que el precio en oferta destacado. Esto hace imposible conocer el valor final del crédito y destaca el costo de la cuota frente al precio al contado.

¿Qué hacer entonces? Llevar a mano siempre una calculadora, tomarse todo el tiempo necesario para determinar exactamente cuánto vamos a pagar y, por sobre todo, estar concientes de que no existe una tienda más económica ni una tarjeta más conveniente y que la publicidad puede llevar a engaños o confusiones.

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Qué tan rápido baja la gasolina en tu estación de servicios preferida

Escrito por Carlos Riquelme el 01/12/08

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Sernac lo hizo de nuevo. Un sondeo reciente realizado por el Servicio Nacional del Consumidor, con el fin de constatar la velocidad y la magnitud con que traspasaba la rebaja en el precio de las bencinas anunciado por ENAP, se detectó que en algunos casos no se cumplió con la disminución de las tarifas.

Según el estudio realizado entre las 9:00 y las 12:00 horas del viernes 21 de noviembre, el 23,1% de las estaciones de servicio que comercializan gasolinas de 93 octanos y el 21,2% de las que comercializan gasolina de 95 y 97 octanos, aún no habían modificado sus precios al momento de realizar la encuesta.

Incluso, el sondeo detectó que el 1,9% de las bencineras aumentaron sus precios en uno y dos pesos para las bencinas de 95 y 97 octanos, respectivamente.

¿Qué podemos concluir de este estudio? En primer lugar, que debemos vigilar el comportamiento de la bencinera donde cargamos nuestra gasolina. ¿Has intentado seguir las variaciones en el precio de la gasolina en tu bencinera preferida? Una muy buena idea es seguir las variaciones del precio todas las semanas y compararlos con los anuncios de la ENAP.

Otra buena idea es no comprar gasolina el día en que las bencineras deben bajar el precio, o al menos hacerlo bien entrada la tarde. Si vas a comprar en la mañana es probable, de acuerdo al Sernac, que la bencinera no haya bajado los precios.